Entra en vigencia el 01 de agosto de 2024.
Principales ideas: trato libre de violencia, compatible con dignidad de las personas y perspectiva de género, empleador debe adoptar medidas que promuevan igualdad y erradicar discriminación.
Violencia en el trabajo ejercida por terceros ajenos a la relación laboral (nuevo)
Este 18 de abril la Dirección del Trabajo emitió el dictamen N°238/08, respecto a la implementación de la reducción de 40 horas, que comienza este 26 de abril, reduciéndose de 45 a 44 horas semanales la jornada ordinaria máxima semanal.
Con fecha 05 de abril, la Dirección del Trabajo emitió un nuevo dictamen respecto a la ley de 40 hrs, abordando esta vez (entre otras materias), la forma de llegar a acuerdo con trabajadores y sindicatos.
Con fecha viernes 22 de diciembre de 2023 fue promulgado el Proyecto de Ley de conciliación de vida personal, familiar y laboral, fruto de meses de gestiones y que contó con el apoyo de diversas fuerzas políticas, además de organizaciones sociales.
Según consigna CIPER Chile con fecha 15 de diciembre de 2023, la Corte Suprema “calificó como “ilegales”, “arbitrarias”, “antojadizas” y “sin fundamento” al menos once resoluciones de la Comisión Médica Central en la que esté organismo, desde 2020, negó pensiones de invalidez a personas con enfermedades graves o terminales.”
Como la primera sentencia laboral con enfoque de género ha sido calificada por especialistas la dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta el 21 de noviembre del presente año.
El litigio comenzó mediante una denuncia en la Dirección del Trabajo por vulneración de derechos fundamentales, por discriminación de género, por parte de la trabajadora V.F.G, que desarrollaba funciones en el área de abastecimiento.
En fallo de fecha 25 de octubre de 2023, y tal como consigna Diario Constitucional, La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que desestimó el recurso de nulidad presentado en contra del fallo de base, que hizo lugar a una demanda de despido injustificado, deducida en contra de una empresa eléctrica.
El demandante accionó de forma principal con una denuncia de tutela laboral, y en subsidio, con una demanda por despido injustificado. En el libelo, denunció el uso indiscriminado del pacto de horas extraordinarias por parte del empleador, lo que en la especie extendía constantemente la duración de la jornada laboral, durante el tiempo en que prestó servicios para la demandada, esto es, entre el 5 de diciembre de 2019 y el 8 de junio de 2021.
Con fecha 17 de octubre de 2023 la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia, y por ende, luego de haberse rechazado también el respectivo recurso de nulidad, confirmó el fallo dictado el 17 de octubre de 2022 por el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que condenó a AC SECURITY LIMITADA, a SANTA ISABEL ADMINISTRADORA S.A., a CENCOSUD RETAIL S.A. y a CENCOSUD S.A. al pago del monto de $40.000.000, por considerar que el accidente sufrido por el demandante con fecha 18 de noviembre de 2021 fue por culpa de las demandadas individualizadas, accidente que tuvo como consecuencia la fractura de muñecas del demandante.
El ORD N°1163, de fecha 24 de agosto de 2023, de la Dirección del Trabajo, causó impacto inmediato, uno pocas veces visto en resoluciones de este estilo, encendiendo las alarmas en representantes de la comunidad empresarial, pero también sindical.
Este ordinario era respuesta a una solicitud de pronunciamiento realizada por el Sindicato de Planta de Profesionales y Planta de Ejecutivos de Compañía Minera del Pacífico S.A. en diciembre del año 2021. La solicitud iba en búsqueda de aclarar la legalidad de la combinación de trabajo presencial y teletrabajo.
Con fecha 12 de junio de 2023, la Dirección del Trabajo emitió el ORD N°838/28, el cual permite a trabajadores formar parte de la nómina y posterior proceso de negociación colectiva reglada, aunque tengan contrato colectivo vigente con otra organización sindical al momento de presentación del proyecto.
Anterior a este ordinario, el criterio de la Dirección del Trabajo era indicar que esos trabajadores no podían ser parte de la nómina, por tener contrato colectivo vigente. En la práctica, estos trabajadores, en caso de incluirse en la nómina del proyecto, eran impugnados por la empresa en la etapa de impugnaciones y reclamaciones, dándole la Dirección del Trabajo la razón a la empresa.
Con fecha 26 de abril de 2023 se publicó la ley N°21.561, denominada comúnmente “40 horas”.
En lo principal y más conocido, la ley plantea una reducción de la jornada ordinaria semanal, de 45 a 40 horas. Esta reducción será paulatina: A 44 horas para abril del 2024, a 42 horas para abril de 2026, y a 40 horas para abril de 2028.
Con fecha 02 de febrero de 2023 se publicó la ley N°21.530, de descanso reparatorio para trabajadores de salud privada. La idea de esta norma fue funcionar como un “espejo” de la ley N°21.409, que otorgaba 15 días de descanso reparatorio a los trabajadores de salud pública.
Luego de una larga batalla judicial, el 03 de febrero de 2023 la Corte de Apelaciones de Santiago otorgó la razón al Sindicato de Trabajadores de Transbank y ordenó su eliminación del listado de aquellas empresas denominadas “estratégicas”, en las cuales existe prohibición para sus trabajadores de ejercer su derecho a huelga.