• Inicio
  • Noticias
  • Corte Suprema califica de ilegales, arbitrarias y antojadizas resoluciones de Comisiones Médicas que rechazan pensiones de invalidez

Corte Suprema califica de ilegales, arbitrarias y antojadizas resoluciones de Comisiones Médicas que rechazan pensiones de invalidez

omisiones Médicas que rechazan pensiones de invalidez

Según consigna CIPER Chile con fecha 15 de diciembre de 2023, la Corte Suprema “calificó como “ilegales”, “arbitrarias”, “antojadizas” y “sin fundamento” al menos once resoluciones de la Comisión Médica Central en la que esté organismo, desde 2020, negó pensiones de invalidez a personas con enfermedades graves o terminales.”

Esta es una situación sumamente sensible, que afectaba a personas con una incapacidad laboral al momento de la declaración de si correspondía o no otorgar pensiones de invalidez, existiendo los antecedentes del caso, y donde estaban en juego, consigne el medio periodístico más importante del país, fuertes intereses privados (AFP). 

La Contraloría General de la República, ante lo antojadizo de la situación, incluso llegó a señalar “la necesidad de que, ante la posibilidad de que existan presuntas faltas “a la probidad”, se abran eventuales procedimientos de remoción contra los médicos involucrados en estos hechos, según se desprende de documentación revisada por CIPER.”

Las acciones que determinaron estas resoluciones judiciales fueron presentadas por la Fundación Valídame, quienes se definen como “Un equipo multidisciplinario que busca instaurar una cultura en la sociedad donde se respeten y se hagan valer los derechos previsionales de los trabajadores que han sido afectados por enfermedades invalidantes, ofreciendo la información y herramientas necesarias para fomentar una relación simétrica, justa y equitativa entre personas naturales e instituciones.”

 Si bien las resoluciones son a contar del año 2020, lo cierto es que “la evidencia documental confirma que al menos desde 2004 han existido prácticas que dañan a quienes son beneficiarios directos del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), beneficio que permite a los cotizantes activos jubilarse de manera anticipada con una pensión equivalente a un 50% o 70% de su remuneración, si les sobreviene algún tipo de invalidez parcial o total.”

Como Estudio, celebramos lo indicado por Contraloría y el Máximo Tribunal del país, que le da un poco de justicia y esperanza a personas que, lamentablemente y para quienes conocemos la situación, se ven enfrentadas a todo para obtener lo que es su derecho.

Puedes revirar la nota completa de CIPER aquí: https://www.ciperchile.cl/2023/12/15/corte-suprema-califica-de-ilegales-arbitrarias-y-antojadizas-resoluciones-de-comisiones-medicas-que-rechazan-pensiones-de-invalidez/

Contacto

Correo Electrónico
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Whatsapp/Celular

Ubicación

Dr. Manuel Barros Borgoño 71
Oficina 1105 CP 7500593
Providencia
Santiago de Chile
SUBIR