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Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia.

Corte suprema santiago de chile

Con fecha 17 de octubre de 2023 la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia, y por ende, luego de haberse rechazado también el respectivo recurso de nulidad, confirmó el fallo dictado el 17 de octubre de 2022 por el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que condenó a AC SECURITY LIMITADA, a SANTA ISABEL ADMINISTRADORA S.A., a CENCOSUD RETAIL S.A. y a CENCOSUD S.A. al pago del monto de $40.000.000, por considerar que el accidente sufrido por el demandante con fecha 18 de noviembre de 2021 fue por culpa de las demandadas individualizadas, accidente que tuvo como consecuencia la fractura de muñecas del demandante.

Las empresas demandadas habían argumentado que fue el trabajador quien se expuso imprudentemente al riesgo, pues no correspondía a sus funciones, como guardia, realizar la acción temeraria que causó el accidente, esto es, subirse a una escalera de tipo tijera a desconectar y conectar unos ventiladores, a más de 1,8 metros de altura, escalera que procedió a cerrarse causando la caída.

Tribunal, de prueba documental y testimonial aportada, tuvo por acreditado que, dentro de las funciones del trabajador, estaba el “recibir órdenes”, y que, además, era del todo lógico, por la posición de los ventiladores, que el trabajador accediera a ello mediante una escalera, luego de ser ordenado por jefa de cajas de la empresa principal.

Así, tribunal indicó que “ha quedado establecido que precisamente fue una instrucción del cliente donde prestaba servicios la que en definitiva causó el accidente del demandante, toda vez que fue instruido por control interno de ver el comando de los ventiladores y luego de ello poner en funcionamiento los ventiladores, por lo que se logra convicción respecto a que las demandadas no tomaron todas las medidas necesarias para evitar eficazmente el accidente que afectó al demandante, es así como a la demandada principal el reproche en cuanto a medidas de seguridad va por una doble vía, una no instruir claramente a sus trabajadores respecto a las funciones a realizar y límites de ello en atención a las instrucciones que no pueden desatender respecto al cliente donde prestan la labor de seguridad, máxime cuando en el contrato marco que sirve de sustento al anexo celebrado entre CENCOSUD REETAIL S.A. con la demandada AC SECURITY, y que incide en la prestación de servicios de seguridad en el Supermercado Santa Isabel, donde sufrió el accidente el demandante, queda expresamente establecido en su cláusula 11, que no obstante no existir relación jurídica alguna ni vinculo de subordinación o dependencia entre CENCOUSUD y el personal asignado por la empresa para la prestación de los servicios contratados, también se indica que CENCOSUD se reserva el derecho de solicitar el cambio parcial o total del equipo de trabajo asignado por la empresa para cumplir con los servicios, si ésta considera que el nivel de los mismos no cumple las expectativas acordadas, lo que da sustento al hecho que los guardias deban acatar instrucciones del personal de la mandante, y por ello su empleador debe señalarles claramente lo que está permitido realizar y lo que no (circunstancia que en este caso no está claramente delimitada); y, de otro lado, dada la función ordenada realizar por la mandante, que implicaba subir una escalera para revisar el estado de comando de los ventiladores, se requería instrucción respecto a trabajo o función en altura, lo que tampoco se hizo.” 

Esta situación incumple, dentro de otras cosas, el artículo 184 del Código del Trabajo, que establece la obligación de protección del trabajador por parte de la empresa. 

Si te has visto involucrado en un accidente laboral, no dudes en contactarnos para revisar tu caso.

Te dejamos una nota de Diario Constitucional que te permitirá acceder a las sentencias íntegras: https://www.diarioconstitucional.cl/2023/10/31/corte-suprema-confirma-fallo-que-acogio-demanda-de-guardia-de-supermercado-que-cayo-de-escalera/

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