Corte de Apelaciones de Santiago da la razón al sindicato y habilita a Sindicato de Transbank para que trabajadores puedan ejercer huelga
Luego de una larga batalla judicial, el 03 de febrero de 2023 la Corte de Apelaciones de Santiago otorgó la razón al Sindicato de Trabajadores de Transbank y ordenó su eliminación del listado de aquellas empresas denominadas “estratégicas”, en las cuales existe prohibición para sus trabajadores de ejercer su derecho a huelga.
La medida había sido tomada en septiembre del año 2021, durante el segundo mandato del ex presidente don Sebastián Piñera Echenique, por los entonces Ministros del Trabajo, don Patricio Melero Melero Abaroa; de Economía, Fomento y Turismo, don Lucas Palacios Covarrubias; y de Defensa, don Baldo Petar Prokurica Prokurica.
La decisión de la Corte es icónica, pues existen muy contados casos en que una organización sindical logra revertir su inclusión en el listado, siendo éste el segundo en más de 5 años y una decena de casos.
Los argumentos del Consejo de Defensa del Estado y de la Empresa Transbank iban en la línea de que la decisión del ejecutivo estaba bien fundamentada, y que obedecía al enorme número de transacciones que realiza la empresa, a la poca capacidad de los competidores y la posibilidad de que existan problemas de pago en caso de una eventual paralización. Por su parte, la organización sindical realizó hincapié en la huelga como derecho fundamental, en la existencia de servicios mínimos y equipos de emergencia en caso de huelga, y en que el mercado de Transbank es cada vez más competitivo, con nuevos actores. Por su parte, criticó fuertemente una nula o a lo menos escasa fundamentación de la Resolución Exenta N°6 impugnada y alegó una serie de vicios de forma de la misma.
En un fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Santiago le dio la razón al sindicato, indicando, en su considerando trigésimo quinto, que “la aseveración de la Resolución en torno a que estos tres aspectos, número de clientes, número de operaciones y participación de otros oferentes impacta negativamente en la cadena de pagos y repercute en la economía nacional, no aparece justificado. Lo cual constituye un vicio de legalidad del acto administrativo el cual carece de suficiente motivación”.
Este caso, difícil e icónico, nos llena de orgullo, pues Gerardo Leiva, abogado titular del estudio, fue quien lideró la estrategia y litigación del mismo.
Puedes conocer más de la resolución y fallo comentado en el siguiente artículo de La Tercera: https://www.latercera.com/pulso-pm/noticia/habilitada-para-huelgas-legales-corte-de-apelaciones-zanja-que-transbank-no-es-una-empresa-estrategica/OX2Z6KDMY5ATTMOWJM4WV3Y2CY/